Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia de Desarrollo Rural, las siguientes:
1. Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de los objetivos y programas adoptados a su conformidad con las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
2. Aprobar el Plan Estratégico de largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes operativos.
3. Aprobar los planes de acción para la ejecución de las políticas de desarrollo rural integral de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
4. Definir y adoptar los criterios para la asignación y distribución de recursos de la Agencia, de conformidad con las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
5. Adoptar el reglamento para la aprobación de los proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural, y la adjudicación de los recursos que los cofinancian, y determinar las instancias competentes para tal fin.
6. Aprobar las líneas para la cofinanciación de proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial.
7. Definir y adoptar los criterios y requisitos para el acceso a las líneas de cofinanciación de proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural, con base en las políticas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
8. Definir los criterios para la aprobación de los proyectos nacionales y los de iniciativa territorial o asociativa que estén registrados en el Banco de Proyectos, y que serán objeto de cofinanciación por parte de la Agencia.
9. Determinar el número, ubicación y sede de las Unidades de Gestión Territorial de acuerdo con las necesidades del servicio y la disponibilidad presupuestal.
10. Solicitar y conocer los informes de gestión de la Agencia, con el fin de hacer las recomendaciones a que haya lugar.
11. Impartir las directrices de coordinación intra e interinstitucionales para la ejecución de los actividades a cargo de la Agencia.
12. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por el Presidente de la Agencia y aprobar los estados financieros de la Agencia.
13. Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia.
14. Adoptar, a propuesta del Presidente de la Agencia, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
15. Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la Agencia para su aprobación por el Gobierno Nacional.
16. Adoptar el Código de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento.
17. Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento.
18. Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Orgánico del Presupuesto y normas que lo reglamenten.
19. Estudiar y aprobar el programa anual mensualizado de caja PAC, de los recursos propios.
20. Las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento.