º . El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, entidad adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, al igual que los alcaldes municipales o distritales a través de las dependencias correspondientes están en la obligación de comunicar en forma inmediata al Departamento Administrativo de Seguridad, la situación jurídica que repose, de las personas que ingresen a los diferentes centros carcelarios del territorio nacional, especificando los motivos del mismo, igualmente cuando soliciten antecedentes para otorgar beneficios administrativos se debe dar cumplimiento a los requisitos exigidos previamente por el DAS.
Decreto 3738 de 2003 →Vigente
Artículo 9
Decreto 3738 de 2003 · por el cual se dictan normas sobre reseña delictiva y expedición de Certificados Judiciales y se reglamenta el Decreto 218 de 2000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.