Modifícase el artículo 510 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así: “Artículo 510. Notificación y respuesta al Requerimiento Especial Aduanero . El Requerimiento Especial Aduanero se deberá notificar conforme a los artículos 564 y 567 del presente Decreto. La respuesta al Requerimiento Especial Aduanero se deberá presentar por el presunto infractor dentro de los quince (15) días siguientes a su notificación y en ella deberá formular por escrito sus objeciones y solicitar las pruebas que pretenda hacer valer”.
Decreto 4431 de 2004 →Vigente
Artículo 18
Modifícase El Artículo 510 Del Decreto 2685 De 1999, El Cual Quedará Así: “artículo 510
Decreto 4431 de 2004 · por el cual se modifica el Decreto 2685 de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.