Micelio

Artículo 8

De Las Escalas Salariales

Decreto 5015 de 2009 · por el cual se establece la nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación –ICFES y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De las escalas salariales . Establécese la siguiente escala de asignación básica mensual para los diferentes niveles de empleos del ICFES: Nivel Jerárquico Grado Directivo Asesor Profesional Técnico Asistencial 01 5.104.747 3.855.197 2.018.626 1.452.960 1.092.811 02 5.508.300 4.150.933 2.379.342 1.828.755 1.232.686 03 7.220.807 4.592.629 2.555.847 04 8.864.742 5.542.689 3.305.667

Parágrafo 1

Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas fijadas en las escalas salariales, corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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