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Artículo 42

Forma De Disponer Destinaciones, Traslados, Comisiones Y Encargos

Decreto 1791 de 2000 · por el cual se modifican las normas de carrera del Personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 42. FORMA DE DISPONER DESTINACIONES, TRASLADOS, COMISIONES Y ENCARGOS. Las destinaciones, traslados, comisiones y encargos, se dispondrán en la siguiente forma

1.

Por Decreto del Gobierno

a)

Destinaciones y traslados para Oficiales Generales en todos los casos.

b)

Comisiones al exterior para Generales, Coroneles y Oficiales, superiores a noventa (90) días.

c)

Comisiones en el exterior, a lugares diferentes a su país sede, superiores a noventa (90) días, para oficiales Generales y Coroneles.

d)

Comisiones dentro del país superiores a noventa (90) días, para Oficiales Generales.

e)

Comisiones para oficiales a partir del grado de Coronel, en la administración pública o entidades oficiales o privadas.

f)

Comisiones diplomáticas para todos los oficiales.

2.

Por Resolución Ministerial

a)

Encargo de la Dirección General de la Policía Nacional.

b)

Destinaciones y traslados para oficiales superiores.

c)

Comisiones al exterior, menores a noventa (90) días a partir del grado de Coronel.

d)

Comisiones al exterior, para oficiales hasta el grado de Teniente Coronel, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes.

e)

Comisiones en el exterior, a lugares diferentes al país sede, hasta por noventa (90) días, a partir del grado de coronel.

f)

Comisiones en el exterior, a lugares diferentes a su país sede, hasta el grado de Teniente Coronel, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes.

g)

Comisiones en el país, para Oficiales Generales, superiores a veinte (20) días y no mayores de (90) días.

h)

Comisiones en el país, mayores de noventa (90) días, para Oficiales Superiores.

i)

Comisiones para oficiales hasta el grado de Teniente Coronel, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes en la administración pública o entidades oficiales o privadas.

3.

Por Orden Administrativa de la Dirección General de la Policía Nacional

a)

Encargos de Direcciones, Comandos de Departamentos y Seccionales de Formación.

b)

Destinaciones y traslados de oficiales subalternos, del nivel ejecutivo, suboficiales y agentes.

c)

Comisiones en el país, para oficiales generales, hasta por veinte (20) días.

d)

Comisiones en el país, para oficiales superiores, inferiores a noventa (90) días.

e)

Comisiones en el país, para oficiales subalternos, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes, superiores a diez (10) días.

4.

Por Orden del Día de los Comandos de Departamento o de las Seccionales de la Escuela Nacional de Policía "General Santander"

a)

Encargos del personal de la respectiva Unidad.

b)

Comisiones en el país, para oficiales subalternos, nivel ejecutivo, suboficiales y agentes del respectivo departamento o seccional, hasta por diez (10) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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