Micelio

Artículo 68

En Desarrollo Del Artículo 119 Del Estatuto Orgánico Del Presupuesto Y En Cumplimiento De Lo Previsto En El Artículo 18 Del Decreto 1140 De 1999 Y Para Garantizar Su Saneamiento Financiero, El Instituto De Planificación Y Promoción De Soluciones Energéticas, Ipse, O Quien Haga Sus Veces, Podrá Capitalizar En Las Empresas De Servicios Públicos De Energía Los Activos De Su Propiedad Que Posee En El Sistema Interconectado Y No Interconectado Nacional

Decreto 3200 de 2002 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo del artículo 119 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 18 del Decreto 1140 de 1999 y para garantizar su saneamiento financiero, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas, IPSE, o quien haga sus veces, podrá capitalizar en las Empresas de Servicios Públicos de Energía los activos de su propiedad que posee en el sistema interconectado y no interconectado Nacional. Una vez capitalizados estos activos, el Instituto podrá entregar a la Nación las acciones en dación de pago. Todas estas transacciones no requerirán operación presupuestal alguna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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