° Antes de la celebración del contrato de arrendamiento a que se refiere el numeral 6 anterior, el respectivo ordenador del gasto deberá obtener un dictamen pericial, rendido a costa de la Rama Jurisdiccional, en el cual conste el estimativo del canon de arrendamiento por el inmueble de que se trate. Dicho dictamen será solicitado a las lonjas de propiedad raíz domiciliadas en el lugar de ubicación del inmueble. A falta de éstas, a la Cámara de Comercio de la misma ciudad y a falta de ésta al personero municipal.
Decreto 2131 de 1990 →Vigente
Artículo 2
Antes De La Celebración Del Contrato De Arrendamiento A Que Se Refiere El Numeral 6 Anterior, El Respectivo Ordenador Del Gasto Deberá Obtener Un Dictamen Pericial, Rendido A Costa De La Rama Jurisdiccional, En El Cual Conste El Estimativo Del Canon De Arrendamiento Por El Inmueble De Que Se Trate
Decreto 2131 de 1990 · por el cual se adiciona el Decreto 1376 de 1986 en cuanto se refiere a arrendamientos de bienes inmuebles destinados a los despachos judiciales y otras oficinas públicas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.