Micelio

Artículo 1

Las Empresas De Transporte Dedicadas Al Servicio Público Quedan Obligadas A Mantener Todos Los Vehículos Vinculados O Propios, En Estado Óptimo De Seguridad Y A Velar Porque Sus Agentes Y Conductores Cumplan Estrictamente Con Las Disposiciones Contenidas En El Código Nacional De Tránsito Y El Estatuto Del Transporte

Decreto 167 de 1972 · Por el cual se dictan algunas normas de seguridad para el servicio público de transporte y otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las empresas de transporte dedicadas al servicio público quedan obligadas a mantener todos los vehículos vinculados o propios, en estado óptimo de seguridad y a velar porque sus agentes y conductores cumplan estrictamente con las disposiciones contenidas en el Código Nacional de Tránsito y el Estatuto del Transporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 167 de 1972