° Los empleados y obreros de la Imprenta Nacional, excepción hecha del Director, tendrán derecho a las siguientes recompensas
Por diez años de servicio, a una suma igual al sueldo o jornal devengado durante los últimos seis meses.
Por quince años de servicio, a una suma equivalente al sueldo o jornal devengado durante el último año.
Por veinte años de servicio, a una suma igual al sueldo o jornal devengado durante los últimos diez y ocho meses; y
Por más de veinte años de servicio, al valor del sueldo o jornal devengado durante los últimos dos años.