Micelio

Artículo 1

º

Decreto 744 de 1984 · Por el cual se reglamentan los artículos 151 y 152 del Decreto-ley 2137 de 1983.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los servicios de vigilancia Policial remunerados a que se refieren los artículos 151 y 152 del Decreto-ley.2137 de 1983, se clasifican así

a)

Permanentes;

b)

Transitorios;

c)

Especiales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 744 de 1984