REQUISITOS INGRESO ESCALAFÓN COMPLEMENTARIO. Para ingresar al escalafón complementario de que trata el artículo 12 del Decreto 2062 de 1984, los Oficiales y Suboficiales deberán reunir además los siguientes requisitos
Solicitud escrita al Director General de la Policía Nacional, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que cumpla el tiempo mínimo de servicio en el grado;
Clasificación en lista uno (1) o dos (2) en los tres (3) años anteriores a la solicitud de escalafonamiento;
Aptitud sicofísica:
Concepto favorable de la Junta Asesora de la Policía Nacional para Oficiales y de la Junta de la Dirección General de la Policía Nacional para Suboficiales.
El cambio de escalafón, se dispondrá por decreto del Gobierno para Oficiales y resolución de la Dirección General de la policía Nacional para Suboficiales. CAPITULOII. DEL INGRESO Y FORMACIÓN DE LOS OFICIALES Y SUBOFICIALES