Fines del servicio. El Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público tiene como propósito satisfacer necesidades de comunicación del Estado con los ciudadanos y comunidades, en el área geográfica objeto de cubrimiento y tendrá como fines, contribuir al fortalecimiento del patrimonio cultural y natural de la nación, difundir la cultura y la ciencia y fomentar la productividad del país, promover los valores cívicos, la solidaridad, la seguridad, el ejercicio ciudadano y la cultura democrática, preservar la pluralidad, identidad e idiosincrasia nacional, servir de canal para la integración del pueblo colombiano y la generación de una sociedad mejor informada y educada, difundir los valores y símbolos patrios, contribuir a la defensa de la soberanía, de las instituciones democráticas y asegurar la convivencia pacífica. Por tanto, todos los concesionarios tendrán la obligación de ajustar sus programas radiales a los fines indicados. Los siguientes son los fines del servicio de acuerdo con la clasificación de las emisoras del Servicio de Radiodifusión Sonora de Interés Público: Emisoras de la Radio Pública Nacional de Colombia . Las Emisoras de la Radio Pública Nacional de Colombia tienen a su cargo la radiodifusión Estatal con el objeto, entre otros, de comunicar al Estado con los ciudadanos y comunidades, de fortalecer el nivel educativo y cultural de los colombianos, de promover el ejercicio ciudadano y la cultura democrática y de servir como elemento de cohesión e integración nacional. Emisoras de la Fuerza Pública. Las Emisoras de la Fuerza Pública tienen a su cargo la radiodifusión Estatal con el objeto, entre otros, de difundir los valores y símbolos patrios, de contribuir a la defensa de la soberanía y de las instituciones democráticas y, de asegurar el ejercicio ciudadano y la convivencia pacífica. Este servicio se prestará a través del Ministerio de Defensa Nacional, por conducto de la Fuerza Pública integrada por las Fuerzas Militares (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) y la Policía Nacional. Emisoras territoriales. Las Emisoras Territoriales tienen a su cargo la radiodifusión Estatal con el objeto, entre otros, de satisfacer necesidades de comunicación de interés de la población en el área geográfica objeto de cubrimiento, de preservar la pluralidad, identidad, cultura e idiosincrasia, de dinamizar los mecanismos de participación ciudadana, de impulsar los planes de desarrollo, la productividad del país y, fomentar el progreso regional y local. Este servicio se prestará a través de entidades territoriales del orden departamental, municipal o distrital. Las emisoras territoriales deberán orientar su operación con los siguientes criterios: Diseñar la programación radial acorde con los lineamientos de los planes de desarrollo regional y municipal. Adelantar procesos asociativos con entidades públicas del orden nacional y municipal del área geográfica de cubrimiento, para garantizar su participación y fortalecer la naturaleza pública de la emisora. Estimular la participación ciudadana en las decisiones públicas, mediante alianzas estratégicas con asociaciones de municipios y la sociedad civil. En los territorios o pueblos indígenas, el Servicio de Radiodifusión Sonora de interés público de las Emisoras Territoriales se otorgará a las diferentes comunidades indígenas con personería jurídica debidamente reconocida. Para efectos del área de cubrimiento, se deberá entender la delimitación de la división territorial departamental o de la entidad territorial indígena. Emisoras educativas. Las Emisoras Educativas tienen a su cargo la radiodifusión Estatal con el objeto, entre otros, de difundir la cultura, la ciencia y la educación, de estimular el flujo de investigaciones y de información científica y tecnológica aplicada al desarrollo, de apoyar el proyecto educativo nacional y, servir de canal para la generación de una sociedad mejor informada y educada. Este servicio se prestará a través de las entidades oficiales educativas en los niveles de básica primarias, media y superior, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio. Emisoras educativas universitarias. Las emisoras educativas universitarias tienen a su cargo la transmisión de programas de interés cultural, sin ninguna finalidad de lucro, con el objeto, entre otros, de difundir la cultura, la ciencia y la educación, de estimular el flujo de investigaciones y de información científica y tecnológica aplicada al desarrollo, de apoyar el proyecto educativo nacional y, servir de canal para la generación de una sociedad mejor informada y educada. Este servicio se prestará a través de instituciones de educación superior, legalmente reconocidas y acreditadas institucionalmente por el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Comunicaciones. Emisoras para atención y prevención de desastres. Estas emisoras se otorgarán a solicitud de parte, de manera temporal, para el apoyo en situaciones de emergencia, por el tiempo que dure la misma y no estarán sujetas al Plan Nacional de Radiodifusión Sonora. Las entidades que soliciten licencias para emisoras de interés público deben asumir su financiamiento tanto técnico, como de contenido y administrativo. Así mismo deben garantizar la idoneidad de las personas encargadas de manejar la emisora y sus contenidos.
Decreto 2805 de 2008 →Vigente
Artículo 60
Decreto 2805 de 2008 · por el cual se expide el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.