Destínase la suma de quince mil pesos ($15,000) oro para auxiliar la reparación y conservación de los caminos públicos de la Provincia de Oriente, en el Departamento de Cundinamarca. Esta suma se dividirá en tres partes, así: siete mil pesos ($ 7,000) que se invertirán en el camino denominado Cruz verde , que comunica esta capital con las poblaciones de Ubaque, Choachí, La Unión, Fómeque y Quetame; siete mil pesos ($7,000) que se invertirán en el camino que conduce de esta capital a Villavicencio, pasando por Chipaque, Cáqueza y Quetame, así como en aquellos que unen a Cáqueza con los demás pueblos de la citada Provincia, y mil pesos ($ 1,000) que se invertirán en el camino que de esta capital conduce directamente al Municipio de Choachí.
Ley 17 de 1913 →Vigente
Artículo 1
Ley 17 de 1913 · Por la cual se decretan unos auxilios para vías públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.