Micelio

Artículo 10

Ley 107 de 1923 · Por la cual se hacen unas cesiones a los Municipios de Popayán y Antioquia y se autoriza al Gobernador del Departamento del Cauca para hacer una permuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase la suma de diez mil pesos ($ 10,000) para auxiliar la obra del alcantarillado de la ciudad de Facatativá; la de dos mil pesos ($ 2,000) para el acueducto de Guayabal de Síquima, y la de dos mil pesos ($ 2,000) para el acueducto de la ciudad de Cáqueza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 107 de 1923