Micelio

Artículo 213

Las Acciones De Los Acreedores De La Sociedad Contra Ésta, Contra Los Liquidadores, Los Miembros De La Administración, Los Revisores Fiscales Y Los Accionistas Que Hubieren Sido Pagados Con Perjuicio De Sus Créditos, Lo Mismo Que Las De Los Accionistas Entre Sí, Prescriben O Se Extinguen De Conformidad Con Las Normas Generales Del Códiga Civil

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las acciones de los acreedores de la sociedad contra ésta, contra los liquidadores, los miembros de la administración, los revisores fiscales y los accionistas que hubieren sido pagados con perjuicio de sus créditos, lo mismo que las de los accionistas entre sí, prescriben o se extinguen de conformidad con las normas generales del Códiga Civil. CAPITULO X DE LA TRANSFORMACION Y FUSION DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1952