Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1958 de 1996 · por el cual se dictan normas para el traslado de Activos y Pasivos a la Unidad Administradora Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del vencimiento del plazo señalado en el artículo 2º del presente Decreto, el Inurbe no podrá realizar ninguna actividad con respecto a los activos y pasivos transferidos a la Unidad en cumplimiento de la Ley 281 de 1996, salvo lo señalado por el artículo 11 del Decreto 1565 de 1996, previo concepto del Director de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial. ICT.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1958 de 1996