Micelio

Artículo 14

Gozaran De Prioridad, Según El Parágrafo 2º Del Articulo 77 Del Decreto-Ley 444 De 1967, Las Licencias De Importación De Maquinaria Y Equipos Que De Acuerdo Con El Plan De Desarrollo A Que Se Refiere El Articulo 3º Del Decreto Extraordinario 2225 De 1983, Se Destinen Al Cumplimiento De Dicho Plan, Cuando Así Lo Certifique La Corporación Para La Reconstrucción Y El Desarrollo Del Departamento Del Cauca, Crc

Decreto 2693 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones tendientes a facilitar y ejecutar los programas de reconstrucción y desarrollo de Popayán y el Departamento del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 14. Gozaran de prioridad, según el

Parágrafo 2

del articulo 77 del Decreto-ley 444 de 1967, las licencias de importación de maquinaria y equipos que de acuerdo con el Plan de Desarrollo a que se refiere el articulo 3º del Decreto extraordinario 2225 de 1983, se destinen al cumplimiento de dicho Plan, cuando así lo certifique la Corporación para la Reconstrucción y el Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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