Artículo tercero. La cuarta emisión de "Bonos de Bienestar Familiar" se hará con fecha 1° de mayo de 1972 y tendrá las siguientes denominaciones: Serie A, número de Bonos 10, valor nominal $ 25.000.000.00, valor de la Serie $ 250.000.000.00.
Los Bonos llevarán adheridos los cupones correspondientes a los contados de intereses que puedan causarse hasta la amortización del principal. Cada cupón de intereses llevará la fecha en que deba hacerse el respectivo pago.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá subdividir los Títulos de que trata este artículo cuando las necesidades lo requieran.