Micelio

Artículo 77

Decreto 520 de 1882 · Orgánico del Instituto nacional de Agricultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 77. Se concederá la habilitación de un curso su el solicitante es aprobado con plenitud en un exámen que durará cuarenta minutos, con las mismas condiciones establecidas para los exámenes anuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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