Micelio

Artículo 20

Si Del Resultado Si El Resultado De La Visita Se Llegara Al Convencimiento Que Se A Cometido Hechos Delictuosos O Que Es Necesario Intentar Acciones Civiles Contra Los Representantes De Las Instituciones, Se Pasara Copia De La Acta Respetiva Al Procurador General De La Nación, A Fin De Que El Instaure O U Ordene Instaurar Las Acciones O Procedimientos A Que Haya Lugar

Decreto 685 de 1934 · Por el cual se reglamenta la manera cómo ha de ejercerse el derecho conferido al Presidente de la República por el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional y en desarrollo del numeral 1° del artículo 68 de la Ley 4ª de 1913.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si del resultado si el resultado de la visita se llegara al convencimiento que se a cometido hechos delictuosos o que es necesario intentar acciones civiles contra los representantes de las instituciones, se pasara copia de la acta respetiva al procurador general de la nación, a fin de que el instaure o u ordene instaurar las acciones o procedimientos a que haya lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 685 de 1934