Micelio

Artículo 1

Ley 156 de 1896 · que destina una suma del Tesoro público para la destrucción de la langosta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destínase del Tesoro Nacional la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para contribuír a la destrucción de la langosta en los Departamentos del Cauca y Antioquia; suma que se dividirá por iguales partes entre los dos Departamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 156 de 1896