En desarrollo de lo previsto en el numeral 4 del artículo 2º de la Ley 25 de 1985, el Gobierno determinará la fecha a partir de la cual empezará a regir el gravamen a que se refiere el Capítulo III del Título III de este Decreto.
Decreto 2166 de 1985 →Vigente
Artículo 45
Decreto 2166 de 1985 · por el cual se crea el Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.