Micelio

Artículo 1

Además De Las Funciones Generales A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Decreto 2163 De 1992 El Liquidador Ejercerá, En Relación Con El Proceso De Liquidación, Las Siguientes: A) Someter A Aprobación De La Junta Liquidadora El Proyecto De Acuerdo Que Establece El Procedimiento De Venta De Bienes Muebles E Inmuebles De Propiedad De “senarc” En Liquidación

Decreto 1294 de 1993 · por medio del cual se reglamenta el Decreto número 2163 de 1992 y se adoptan normas para liquidar el Servicio Naviero Armada República de Colombia “Senarc” en Liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Además de las funciones generales a que se refiere el artículo 2° del Decreto 2163 de 1992 el liquidador ejercerá, en relación con el proceso de liquidación, las siguientes

a)

Someter a aprobación de la Junta Liquidadora el proyecto de Acuerdo que establece el procedimiento de venta de bienes muebles e inmuebles de propiedad de “Senarc” en liquidación.

b)

Presentar para aprobación de la Junta Liquidadora el programa de supresión de empleos o cargos vacantes y los desempeñados por empleados públicos y trabajadores oficiales.

c)

Presentar para aprobación de la Junta Liquidadora la propuesta de provisión de cargos indispensables para la liquidación.

d)

Presentar la propuesta para aprobación de la Junta Liquidadora de los traslados de trabajadores oficiales a otro cargo o sede.

e)

Elaborar y presentar a la Junta Liquidadora el cronograma de liquidación con los ajustes necesarios.

f)

Las demás que le señale el presente Decreto o la Junta Liquidadora y aquellas que por su naturaleza le corresponden como funcionario ejecutivo y que no estén atribuidas a otra autoridad.

Parágrafo

Salvo las excepciones legales, el liquidador podrá delegar en otros funcionarios de la Entidad el ejercicio de alguna de las funciones contempladas en el presente artículo, previa autorización de la Junta Liquidadora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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