Micelio

Artículo 10

A Partir Del 1 De Enero De 1983, Los Jefes De Departamento, Profesores, Instructores Y Consejeros De Los Inem E Ita, Tendrán Derecho A Percibir La Prima Académica En Los Términos Señalados En El Artículo 5 Del Decreto 270 De 1982

Decreto 308 de 1983 · Por el cual se fijan las asignaciones correspondientes a los empleos de los Institutos Nacionales de Enseñanza Media Diversificada, INEM, Institutos Técnicos Agrícolas, ITA, Centros Auxiliares de Servicios Docentes, CASD

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1 de enero de 1983, los jefes de departamento, profesores, instructores y consejeros de los INEM e ITA, tendrán derecho a percibir la prima académica en los términos señalados en el artículo 5 del Decreto 270 de 1982 .

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 308 de 1983