Micelio

Artículo 2.2.4.12.2.2

Informes Sobre Recaudo, Control Y Cobro

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Informes sobre recaudo, control y cobro. El sujeto activo deberá presentar al Viceministerio de Turismo y este a su vez al Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo un informe sobre el recaudo obtenido, dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo para pagar la Contribución. Posteriormente, deberán presentar informes con la periodicidad que defina el Comité Directivo sobre las gestiones de recaudo, control y cobro ejercidas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1074 de 2015