Micelio

Artículo 20

Para El Ejercicio De Las Funciones De Carácter Permanente Se Crearán En La Superintendencia Los Empleos Correspondientes, Y No Podrán Celebrarse Contratos De Prestación De Servicios Para El Desempeño De Tales Funciones

Decreto 333 de 1970 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Superintendencia de Notariado y Registro

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el ejercicio de las funciones de carácter permanente se crearán en la Superintendencia los empleos correspondientes, y no podrán celebrarse contratos de prestación de servicios para el desempeño de tales funciones. La Junta podrá autorizar que se contrate por tiempo determinando la ejecución de trabajos eventuales, cuando lo exijan las necesidades urgentes del servicio. CAPITULO V De la adquisición de bienes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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