De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el "Acuerdo bilateral para la promoción y protección de inversiones entre el gobierno del reino unido de la Gran Bretaña e Irlanda del norte y la República de Colombia", elaborado en Bogotá, el 17 de marzo de 2010, y el "entendimiento sobre el trato justo y equitativo en el acuerdo bilateral de inversión entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y La República de Colombia", firmado por los jefes negociadores de ambas partes y anexada a las minutas de la última ronda de negociaciones en Londres, el 19 de mayo de 2009, que por el artículo primero de esta ley se aprueban, obligarán al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de los mismos.
Artículo 2
Ley 1464 de 2011 · por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo Bilateral para la Promoción y Protección de Inversiones entre el Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República de Colombia”, elaborado en Bogotá, el 17 de marzo de 2010, y el “Entendimiento sobre el Trato Justo y Equitativo en el Acuerdo Bilateral de Inversión entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República de Colombia”, firmado por los jefes negociadores de ambas partes y anexada a las minutas de la última ronda de negociaciones en Londres, el 19 de mayo de 2009.
El texto del artículo
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Historia constitucional
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