El que de cualquier modo revele actos, secretos, órdenes, consignas, correspondiente militar o documentos concernientes al servicio, cuya divulgación no esté autorizada por el Gobierno, el Ministerio de Guerra, los Jefes o superiores de la respectiva dependencia, siempre que el hecho no constituya un delito más grave, incurre en arresto de seis meses a tres años.
El que coopere en estos hechos incurre hasta en una tercera parte de la sanción anterior.
Si se trata de un particular, es juzgado por la justicia ordinaria.