Micelio

Artículo 5

º

Decreto 990 de 1994 · Por el cual se reglamenta la composición del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales, ISS, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Remuneración de las sesiones. Por cada sesión del Consejo Directivo se pagará con cargo al presupuesto del ISS, el equivalente a un salario mínimo mensual, a cada uno de los asistentes del Consejo y sin que en cada mes calendario, los consejos remunerados sean superiores a dos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 990 de 1994