Micelio

Artículo 29

Consejería Presidencial Para La Innovación Y La Transformación Digital

Decreto 179 de 2019 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consejería Presidencial para la Innovación y la Transformación Digital . Son funciones de la Consejería Presidencial para la Innovación y la Transformación Digital, las siguientes

1.

Asesorar al Presidente de la República y el Secretario General de la Presidencia en las actividades relacionadas con la innovación, emprendimiento, transforma­ción digital y apropiación tecnológica de los sectores públicos y privados.

2.

Servir como vocero del Gobierno en los asuntos que determine el Presidente de la República en materia de Economía y Gobierno digital.

3.

Asesorar en el seguimiento y la ejecución de las políticas y directrices imparti­das por el Presidente de la República y el Gobierno nacional, en materia de apro­piación tecnológica, arquitectura tecnológica, transformación digital, comercio electrónico e innovación.

4.

Asesorar en el seguimiento y la ejecución de las políticas e instrucciones im­partidas por el Presidente de la República y el Gobierno nacional, en materia de seguridad digital - Cyber seguridad.

5.

Coordinar a los actores gubernamentales que intervengan en la implementación de la apropiación tecnológica, el comercio electrónico, la transformación digital y adelantar el seguimiento de las actividades concertadas.

6.

Coordinar con las entidades competentes, la adopción de regulaciones y desre­gulaciones inteligentes que permitan el desarrollo y el fomento de la economía digital.

7.

Liderar el desarrollo del ecosistema digital entre entidades públicas, el sector privado y el Gobierno nacional.

8.

Liderar la comisión intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital.

9.

Recomendar mecanismos de adopción tecnológica con el fin de garantizar la sostenibilidad, y mejorar la productividad pública.

10.

Asesorar al Presidente de la República en las áreas y temas estratégicos que requieran de la formulación de políticas públicas relacionadas con tecnología, transformación digital e innovación.

11.

Asesorar a los actores relacionados con el ecosistema digital, en materia de cien­cia, tecnología e innovación.

12.

Asesorar la adopción de arquitecturas tecnológicas del Gobierno y en su interac­ción con las demás ramas.

13.

Recomendar acciones que garanticen que el Estado y la sociedad tengan el capi­tal humano requerido para una economía digital.

14.

Impartir lineamientos para la inversión de recursos públicos en desarrollo de tecnología y servicios asociados.

15.

Efectuar seguimiento a la Agenda Digital OCDE, Alianza Pacífico y demás or­ganismos internacionales.

16.

Acompañar las gestiones para obtener cooperación internacional en materia de transformación digital y seguridad digital, en coordinación con la Agencia Pre­sidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC).

17.

Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y las que le sean asignadas por el Presidente de la República y el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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