Micelio

Artículo 1

Ley 9 de 1919 · Sobre locales y Conserjes de las Cámaras Legislativas y reformatoria de la 47 de 1915

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los locales de las Cámaras Legislativas dependen directamente de los Presidentes respectivos; no se podrán destinar para otro uso que para las reuniones de las Cámaras, y en receso de ellas estarán a cargo de los respectivos Secretarios para lo relativo al cuidado y vigilancia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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