Micelio

Artículo 2.3.10.1.3

Principios De Acceso Universal

Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Principios de acceso universal.Para el desarrollo de políticas, programas, proyectos y estrategias en materia de acceso al agua y saneamiento básico en el territorio nacional, se deberán incorporar como principios rectores los que se señalan a continuación: • Universalidad: Todas las personas, independientemente de su situación econó­mica, geográfica, social o cultural, deben tener acceso a agua apta para consumo humano en cantidad suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, así como al saneamiento básico, en particular aquellos sujetos de especial protección cons­titucional. • Progresividad: El acceso al agua y saneamiento básico, en calidad, continuidad y cantidad, podrá garantizarse a través de medidas progresivas que permitan al­canzar niveles óptimos para toda la población. La progresividad también implica que ninguna entidad podrá adoptar medidas que desmejoren el acceso al agua y el saneamiento básico, ni afecten programas o estrategias que previamente hayan contribuido a cerrar las brechas en materia de acceso. • Accesibilidad: Las medidas para garantizar el acceso al agua y al saneamiento básico estarán orientadas a la eliminación de cualquier tipo de barrera, física, económica o cultural que impida su disponibilidad a la población. Se prestará es­pecial consideración a las acciones que minimicen los riesgos socioambientales en el territorio y disminuyan los tiempos de desplazamiento, esfuerzos físicos y situaciones de vulnerabilidad que afectan, principalmente, a las mujeres, niñas y niños. • Disponibilidad: El acceso al agua y saneamiento básico deberá garantizarse en cantidades suficientes y con la frecuencia y calidad adecuadas, asegurando la satisfacción de las necesidades básicas de las personas como la alimentación, la higiene y la salud. • Participación: La formulación, implementación y monitoreo de las estrategias encaminadas a garantizar el acceso al agua y saneamiento básico, se basarán en una construcción colectiva con los actores de cada territorio, con especial énfasis en la participación de los gestores comunitarios, poblaciones campesina, indígena, Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera (NARP), y comunidades organizadas, en general.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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