ARTICULO 1 º. A partir del 1º de enero de 1994, Fíjanse las siguientes escalas de asignación básica mensual para los empleos correspondientes al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social: ESCALA DEL NIVEL DE EJECUCION GRADO ASIGNACIÓN BÁSICA 01 $ 115.071 02 122.168 03 129.840 04 137.896 05 146.525 06 155.539 07 165.128 08 175.484 09 186.417 10 197.924 11 210.198 12 223.239 13 237.239 14 252.007 15 267.541 ESCALA DEL NIVEL TECNICO ASISTENCIAL GRADO ASIGNACION BASICA 16 $ 284.227 17 301.871 18 320.666 19 340.612 20 361.708 21 384.148 22 407.928 ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL GRADO ASIGNACION BASICA 23 $ 433.435 24 460.284 25 488.862 26 519.163 27 551.575 28 585.713 29 622.152 ESCALA DEL NIVEL DE GESTION GRADO ASIGNACION BASICA 30 $ 659.551 31 699.057 32 741.059 33 785.361 34 832.540 ESCALA DEL NIVEL ASESOR GRADO ASIGNACION BASICA 35 $ 882.404 36 935.337 37 991.529 38 1.050.982 39 1.114.081 40 1.180.821 ESCALA DEL NIVEL DE DIRECCION Y ASISTENCIA AL PRESIDENTE GRADO ASIGNACION BASICA 41 1.251.782 42 1.326.770 43 1.406.362 44 1.490.747 45 1.580.119 46 1.674.861 47 1.775.355 48 1.881.988 49 1.994.757 50 2.114.431
Decreto 50 de 1994 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 50 de 1994 · Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, del Fondo de Solidaridad y emergencia Social y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.