Micelio

Artículo 2

º La Administración Postal Nacional Pagará A Las Empresas De Transporte El Valor De Los Servicios Por El Transporte De Correo, De Acuerdo Con El Peso De Los Despachos Postales, Y Con Las Mismas Tarifas Que Se Fijen A Los Particulares

Decreto 3095 de 1985 · Por el cual se dictan normas para el transporte de correo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Administración Postal Nacional pagará a las empresas de transporte el valor de los servicios por el transporte de correo, de acuerdo con el peso de los despachos postales, y con las mismas tarifas que se fijen a los particulares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3095 de 1985