Micelio

Artículo 22

Sensibilización Y Participación

Ley 2476 de 2025 · por medio del cual se fortalece la adaptación al cambio climático y la gestión del riesgo en Colombia a través de ciudades y centros urbanos verdes, biodiversos y resilientes (Ley de Ciudades Verdes).

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las áreas metropolitanas, los distritos y los municipios en coordinación con las autoridades ambientales deberán desarrollar con una frecuencia no menor a un (1) año mecanismos efectivos de sensibilización y participación en torno a la biodiversidad urbano regional que promueva su conservación y vincule a la comunidad como principal gestor y veedor de su protección.

Se deberán construir mecanismos de gobernanza de los espacios verdes y azules, en los que se garantice la participación efectiva de las mesas ambientales, juntas de acción comunal, asociaciones de vecinos, veedurías, asociaciones de comerciantes, y en general de las instancias de organización ciudadanas existentes en cada territorio

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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