Micelio

Artículo 50

Constituyen Faltas Contra El Respeto Debido A La Administración De Justicia, Las Injurias Y Las Acusaciones Temerarias Contra Los Funcionarios, Abogados Y Demás Personas Que Intervengan En Los Asuntos Profesionales, Sin Perjuicio Del Derecho De Reprochar O Denunciar Comedidamente, Por Los Medios Competentes, Las Faltas Cometidas Por Dichas Personas

Decreto 196 de 1971 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen faltas contra el respeto debido a la administración de justicia, las injurias y las acusaciones temerarias contra los funcionarios, abogados y demás personas que intervengan en los asuntos profesionales, sin perjuicio del derecho de reprochar o denunciar comedidamente, por los medios competentes, las faltas cometidas por dichas personas. El responsable de una de estas faltas incurrirá en amonestación, censura o suspensión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 196 de 1971