Artículo único. Destínase la cantidad de $ 700 para subvencionar al Coro de los Cosacos del Don por los dos conciertos educativos dados en esta ciudad, en el presente mes; suma que se pagará al señor Julián Uceda, representante de dicho Coro, con imputación al artículo 317, capítulo 35 de la Ley de Apropiaciones vigente. Comuníquese y publíquese.
Decreto 633 de 1937 →Vigente
Artículo 317
, Capítulo 35 De La Ley De Apropiaciones Vigente
Decreto 633 de 1937 · Por el cual se destina una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.