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Artículo 126

Decreto 2 de 1982 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo i de la Ley 09 de 1979 y el Decreto -Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El estudio de impacto ambiental de un proyecto que incida sobre el recurso aire, deberá contener por lo menos los siguientes puntos

1.

Descripción general del proyecto, que incluye

a)

Diagrama de flujo de los procesos de producción u operación, indicando los puntos de descarga a la atmósfera.

b)

Materias primas que se utilizarán en el proceso indicando su nombre comercial y su cantidad en unidades del sistema métrico decimal. c ) Producción diaria en toneladas. d) Combustibles a utilizar, indicando la clase, la cantidad diaria en unidades del sistema métrico decimal, y la composición química que incluya contenido de cenizas y azufre. e) Características aproximadas del gas efluente en cada una de las chimeneas, que comprende: - Gasto estimad o en metros cúbicos por minuto. - Temperatura estimada, en grados centígrados. - H umedad estimada, en porcentaje. - Emisión estimada de partículas, sin equipo de control, en kilogramos por hora. - Emisión estimada de partículas, con equipo de con trol, en kilogramos por hora. - Co mposición química aproximada del gas efluente. - Em isión total estimada de dióxido de azufre, en kilogramos por hora. - Emisión estimada de cualquier otra sustancia que se produzca en el proceso, en kilogramos por hora, f) Esquemas, diagramas y folletos de los equipos de control que se instalarán para cumplir con las normas de emisión. g) Sistema de disposición final del material recolectado por los equipos de control.

2.

Identificación y delimitación del área de influencia del proyecto, de conformidad con los procedimientos que el Ministerio de Salud señale.

3.

En el área de influencia del proyecto, descripción de

a)

Calidad del aire, cuando existan registros y datos oficiales.

b)

Condiciones metereológicas y rosa de los vientos de la región cuando existan registros y datos oficiales,

c)

Condiciones topográficas generales.

d)

Uso de la tierra.

e)

Áreas urbanas y densidad de población.

f)

Identificación y localización de otras fuentes de con-del aire.

4.

Estimativo de la concentración promedio anual y promedio en veinticuatro (24) horas, producida por la emisión de contaminantes, a sotavento de la dirección prevaleciente del viento en el área de influencia del proyecto, utilizando los modelos de dispersión que el Ministerio de Salud establezca.

5.

Identificación de las alternativas de control y altura de chimeneas o ductos, destinadas al cumplimiento de las normas de emisión y calidad del aire dadas en el presente decreto.

6.

Identificación de los efectos probables producidos por el proyecto en el área de influencia. CAPITULO X De las quemas abiertas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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