º. A la solicitud de préstamo, el interesado acompañará los títulos que acrediten su derecho a explotar la mina o minas de que se trate, a los cuales se agregarán las certificaciones siguientes: a). Para las minas adjudicadas, certificado del Juez o Jueces competentes de que la mina no está en litigio; b). Para las minas cuyo derecho de explotación pretenda el interesado que emana de la propiedad del suelo, certificado del legislador o Registradores de instrumentos públicos y privados correspondientes, en que se acredite que la mina y el predio donde está ubicada, se encuentran libres de gravámenes, embargos y pleitos pendientes.
Para las minas de propiedad del Estado, cuya explotación se haya concedido por contrato, el derecho de explotar se comprobará con un certificado del Ministerio de Minas y Petróleos sobre la existencia de tal contrato y la duración del mismo.