Micelio

Artículo 1

Decreto 1092 de 1949 · Por el cual se crean unos cargos en el ramo de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créanse en las obras del Instituto "Isidro Parra", del Líbano, dependientes de la Zona de Edificios Nacionales del Tolima, los cargos de ingeniero de Construcción. Subalmacenista, y Maestro de Obra, con las asignaciones mensuales de $ 650, $ 270 y $ 280, respectivamente, las cuales se pagarán con los fondos apropiados en el Presupuesto vigente o con los que se voten en los próximos Presupuestos, para las mencionadas obras. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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