Micelio

Artículo 9

El Número De Núcleos De Desarrollo Educativo, Así Como La Apertura, Fusión O División De Los Mismos En Un Municipio, Requiere Del Estudio Técnico De La Secretaría Regional De Educación Respectiva Y De La Asesoría De La División De Diseño Y Asesoría De Mecanismos De Administración Regional Del Ministerio De Educación Nacional

Decreto 1246 de 1990 · por el cual se adopta el sistema de nuclearización para la administración de la educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El número de núcleos de desarrollo educativo, así como la apertura, fusión o división de los mismos en un municipio, requiere del estudio técnico de la Secretaría Regional de Educación respectiva y de la asesoría de la División de Diseño y Asesoría de Mecanismos de Administración Regional del Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo

Cada Secretaría Regional de educación legalizará, mediante acto administrativo, la apertura, fusión o división de núcleos de los respectivos municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1246 de 1990