La presente ley tiene por objeto modificar el Título IV de la Sección tercera del Libro 3° de la Ley 1564 de 2012 , referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante, a fin de:
A. Incorporar a algunas personas naturales comerciantes al régimen de insolvencia de las no comerciantes, previsto en el Título IV de la Sección Tercera del Libro 3° del Código General del Proceso.
B. Modificar varias normas del régimen, cuya aplicación ha dado lugar a decisiones contradictorias por parte de los jueces en la negociación de deudas, y a situaciones de estancamiento de los procesos liquidatorios.
C. Establecer medidas para flexibilizar el proceso de insolvencia de persona natural no comerciante tras la crisis económica generada por la pandemia Covid-19.
D. Modificar y complementar algunas disposiciones de la liquidación patrimonial, con el objeto de hacer más ágil el procedimiento y garantizar la entrega de los bienes del concursado a sus adjudicatarios.