Títulos de deuda pública de la Nación. La emisión y colocación de títulos de deuda pública a nombre de la Nación requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con lo siguiente
Concepto favorable del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes; y,
Concepto de la Comisión de Crédito Público si se trata de títulos de deuda pública externa con plazo superior a un año.