° Las asociaciones de municipios deben concertarse libremente mediante Acuerdos expedidos por los Concejos a iniciativa de los Alcaldes, en los que se determine su organización, forma de administración, bienes, servicios y la participación de los municipios asociados en los órganos de administración.
Decreto 1390 de 1976 →Vigente
Artículo 8
Las Asociaciones De Municipios Deben Concertarse Libremente Mediante Acuerdos Expedidos Por Los Concejos A Iniciativa De Los Alcaldes, En Los Que Se Determine Su Organización, Forma De Administración, Bienes, Servicios Y La Participación De Los Municipios Asociados En Los Órganos De Administración
Decreto 1390 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 10 de enero de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.