Micelio

Artículo 4

Funciones Del Consejo Directivo

Decreto 1223 de 2020 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), las siguientes

1.

Orientar el funcionamiento general de la Agencia y verificar el cumplimiento de los objetivos, planes y programas adoptados y su conformidad con las políticas del Gobierno nacional.

2.

Aprobar plan estratégico a largo, mediano y corto plazo de la entidad y los planes operativos.

3.

Aprobar el plan general de renovación las zonas rurales de conflicto, que incor­pora los planes locales de intervención territorial de las zonas rurales de conflicto priorizadas.

4.

Aprobar los criterios y parámetros para la selección y calificación y para la asig­nación de recursos que se destinen a los proyectos de intervención territorial por ejecutar en las zonas rurales de conflicto priorizadas.

5.

Impartir los lineamientos, criterios, parámetros y requisitos para la aprobación de los planes de intervención territorial.

6.

Definir criterios y parámetros para la participación de organizaciones sociales, co­munitarias, y productivas rurales, entre otras, en la estructuración y ejecución de los planes y proyectos de intervención territorial a ejecutarse en las zonas rurales de conflicto priorizadas y en las zonas de intervención del PNIS.

7.

Adoptar los criterios de asignación y distribución de los recursos administrados por la Agencia que vayan a ser destinados a financiar o cofinanciar proyectos de intervención territorial en las zonas rurales de conflicto priorizadas y las zonas PNIS.

8.

Evaluar los informes que le sean presentados por el Director General de la Agen­cia a fin de adelantar un seguimiento efectivo del cumplimiento de las políticas y los objetivos estratégicos trazados, de forma que puedan realizarse los ajustes a los que haya lugar de manera oportuna.

9.

Adoptar la estrategia de coordinación con el sector público, el sector privado, la cooperación internacional y demás actores relevantes, para la ejecución de pro­yectos de intervención territorial viabilizados por la Agencia.

10.

Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presupuestal y de los esta­dos financieros presentados por el Director General de la Agencia.

11.

Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la Agencia, así como las modifi­caciones al presupuesto aprobado, de· conformidad con lo dispuesto en el estatuto orgánico de presupuesto y normas que lo reglamenten.

12.

Adoptar, por propuesta del Director General, la política de mejoramiento conti­nuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el adecuado desarrollo administrativo.

13.

Aprobar las modificaciones a la estructura y planta de personal de la entidad para su adopción por el Gobierno nacional.

14.

Adoptar el Código de Buen Gobierno de la entidad y establecer los mecanismos para la verificación de su cumplimiento.

15.

Adoptar los lineamientos generales de la política institucional de gestión de calidad.

16.

Dictarse su propio reglamento.

17.

Las demás funciones que le señalen la ley y el reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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