Micelio

Artículo 3

Ley 65 de 1988 · Por medio de la cual se crea la Universidad y el Centro de Investigaciones del Pacífico y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Universidad empezará a funcionar básicamente con las facultades siguientes:

1.

Arquitectura Naval.

2.

Ingeniería de Puertos y Canales.

3.

Ingeniería Hidráulica.

4.

Agronomía.

5.

Ingeniería y Tecnología Forestal.

6.

Agricultura.

7.

Ciencias Marinas y Pesquerías.

8.

Tecnología de Alimentos.

9.

Sociología.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 65 de 1988