Micelio

Artículo 4

Decreto 1665 de 2002 · por el cual se establecen los estándares de calidad de los programas de Especializaciones Médicas y Quirúrgicas en Medicina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Justificación del programa. El programa debe justificarse teniendo en cuenta los siguientes criterios

a)

La definición de los problemas de salud que se pretenden resolver relacionados con la naturaleza de la especialización y la identificación de sus principios y bases científicas y tecnológicas;

b)

La demostración del impacto científico, epidemiológico, tecnológico y socioeconómico de las especializaciones;

c)

La comprobación de que corresponde a un área del conocimiento reconocida y validada por la comunidad médica científica internacional, y que no se reduce al adiestramiento en técnicas o tecnologías especiales;

d)

La realización de estudios de oferta y demanda que demuestren la factibilidad académica y económica del programa;

e)

La coherencia con el proyecto educativo de la facultad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1665 de 2002