Micelio

Artículo 15

Etapas Para El Reporte De Información

Decreto 1145 de 2004 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el desarrollo del Sistema General de Información Administrativa del Sector Público, SUIP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Etapas para el reporte de información . Como soporte a los Subsistemas de Organización Institucional y de Gestión de Recursos Humanos, los Gobernadores y los Alcaldes deberán reportar la información al Departamento Administrativo de la Función Pública, dando cumplimiento a las siguientes etapas

1.

Solicitar y suministrar a las respectivas entidades y organismos de su jurisdicción territorial, la información necesaria, bajo los criterios, los parámetros y la periodicidad que determine el Departamento Administrativo de la Función Pública.

2.

Producir y enviar en medio magnético de acuerdo con el procedimiento estándar que establezca el Departamento Administrativo de la Función Pública, los datos que sean requeridos para su actualización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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