Micelio

Artículo 3

La Importación De Los Vehículos Con El Gravamen Señalado En El Artículo 1° De Este Decreto Será Hecha Exclusiva Y Directamente Por La Corporación Financiera Del Transporte, Lo Mismo Que Su Adjudicación Y Venta

Decreto 1464 de 1973 · Por el cual se modifica el gravamen arancelario para los vehículos tipo Taxi, destinados al servicio público y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La importación de los vehículos con el gravamen señalado en el artículo 1° de este Decreto será Hecha exclusiva y directamente por la Corporación Financiera del Transporte, lo mismo que su adjudicación y venta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1464 de 1973