Micelio

Artículo 78

De La Constitución De Reservas

Decreto 1650 de 1977 · Por el cual se determinan el régimen y la administración de los seguros sociales obligatorios, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la constitución de reservas. La administración financiera del Instituto se hará de acuerdo con principios de seguridad y previsión, para lo cual se constituirán reservas basadnos en cálculos actuariales y técnicos, así

a)

Reservas de contingencias y fluctuaciones necesarias para la debida administración de los seguros de enfermedad y maternidad, según los reglamentes;

b)

Reservas suficientes para atender las obligaciones del régimen prestacional de sus funcionarios, la depreciación de sus activos y otras obligaciones, de acuerdo con las técnicas contables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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